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Impuestos sobre las bicicletas

Las bicicletas no están obligadas a pagar el impuesto de vehículos de tracción mecánica, también conocido como impuesto de circulación, ya que las bicis no funcionan a través de un motor, sino que es la fuerza o la energía del ciclista lo que le confiere el movimiento a este tipo de vehículo.

La cuota de este tributo se establece en función de 4 factores (la potencia, el número de plazas, la capacidad de carga y la cilindrada del coche) y según la propia definición del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, los que están obligados a abonarlo son aquellos que se consideran aptos para circular por las vías públicas. Dado que en los últimos tiempos estamos asistiendo a una oleada de bicicletas que circulan por los núcleos urbanos y éstas no tienen que pagar dicha tasa, el debate está servido.

No obstante, quienes defienden que los impuestos a las bicicletas deben seguir siendo inexistentes, alegan que no contaminan y que casi no dañan la vía con su desplazamiento. Así, en comparación con un coche o cualquier otro tipo de vehículo motorizado, el pago de estos tributos no tendría mucho sentido. Además, los vehículos que se consideran aptos para la circulación como tal deben estar matriculados, algo que de momento no es exigible para las bicicletas.

Al igual que las bicis, están exentos de pagar este impuesto los vehículos que hayan sido dados de baja, los que cuenten con una autorización especial para circular únicamente en certámenes o exhibiciones, así como los remolques y semirremolques que sean arrastrados y que no tengan una carga útil superior a 750 kilos.

Hace algunos años, en concreto en el año 2015, la Dirección General de Tráfico anunció que estaba estudiando la posibilidad de que los ciclistas tuvieran que sacarse un tipo de carné para circular con su bicicleta y al mismo tiempo también matricularla. Aunque en la actualidad los seguros para bicicletas no son obligatorios, en aquel momento la DGT sí que planteó la cuestión de que todos los ciclistas se desplazaran protegidos por una póliza específica para ellos.

Estas ideas estaban basadas en las propuestas de la Unesco, organismo que alegaba que debido a las constantes infracciones de las normas de circulación y por motivos de seguridad jurídica, así como de identificación de los culpables, se hacía necesario que cada ciclista contara con un número de registro para poder reconocerle.

Además, teniendo en cuenta que circular en bicicleta también supone un riesgo para la seguridad del propio ciclista y para los peatones y otros usuarios de la vía, un seguro para bicicletas que incluya la cobertura de responsabilidad civil, entre otras, se contemplaba como una opción necesaria y viable.

Estas medidas parecieron no tener una buena acogida entre los usuarios, ya que hoy en día, las bicicletas siguen sin pagar impuestos y se consideran un tipo de vehículo diferente. Sin embargo, si sueles desplazarte en bici a diario, no olvides que es de vital importancia respetar todas las normas de circulación, tales como semáforos, pasos de peatones, señales de stop o ceda el paso, direcciones prohibidas, etc. En el caso de que existan carriles bici habilitados en tu ciudad, es muy importante desplazarse siempre por ellos para evitar posibles percances con el resto de vehículos de la vía.

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