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Trámites y plazos para conseguir la nacionalidad española

Tras obtener la nacionalidad, se crea un vínculo jurídico entre la persona y el país. Este documento transmite una serie de derechos a quien lo obtiene, aunque por otro lado, el estado también puede exigirle las obligaciones que se estipulan como ciudadano. Según la ley, hay que tener en cuenta que aunque la nacionalidad se puede adquirir, si concurren ciertos supuestos puede suceder que se pierda.

Entre las diferentes formas de conseguir la nacionalidad, una de las más populares es la que se adquiere por residencia. Para ello, es preciso que la persona que realiza la solicitud lleve viviendo en España 10 años de forma legal y continuada. No obstante, existen algunas excepciones a este periodo, que son las siguientes:

  • Cinco años: cuando los trámites para conseguir la nacionalidad española se establecen con la condición de refugiado.
  • Dos años: en el caso de las personas que provienen de algún país iberoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o de origen sefardí.
  • Un año: para todas aquellos que hayan nacido en territorio español, así como quienes no ejercieron correctamente su derecho a adquirir la nacionalidad por adopción, las personas que hayan estado bajo tutela, guarda o acogimiento de algún ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos; el cónyuge o el viudo de un español o española, y el hijo nacido fuera de España de un español.

A parte de cumplir estos plazos, el solicitante también debe acreditar una buena conducta cívica y estar perfectamente integrado en la sociedad.

Pueden pedir la nacionalidad española todos aquellos que sean mayores de 18 años o se encuentren emancipados, el representante legal de los menores de edad o el mismo de las personas con capacidad judicial modificada.

Esta gestión se puede realizar a través de internet o bien de forma presencial. En cualquier caso, es necesario reunir la siguiente documentación:

  • Modelo de solicitud normalizado.
  • Tarjeta de identidad de extranjero.
  • Pasaporte en regla del país de origen.
  • Certificado de nacimiento de la persona que pide la nacionalidad.
  • Certificado de antecedentes penales de su país de origen. Este documento hay que presentarlo traducido y debe estar legalizado según establecen los convenios internacionales.
  • Certificado de matrimonio en el caso de que el solicitante se vaya a beneficiar de la reducción del plazo de residencia por este motivo.
  • Certificado de antecedentes penales del Registro Central de Penados o bien una autorización de consulta al Ministerio de Justicia.
  • Certificado de empadronamiento o también la autorización del punto anterior.
  • Diplomas del Instituto Cervantes como acreditación de haber superado la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales, así como el examen del idioma español.
  • Justificante del abono de la tasa (101 euros). El pago de esta cuantía se debe hacer antes de presentar la solicitud y para ello se puede optar entre utilizar la pasarela de pagos de la Agencia Tributaria, a través de sistemas de banca electrónica o de forma presencial.

Después de realizar todos los trámites para adquirir la nacionalidad española, en el caso de que hubiera algún error, el organismo público requerirá al interesado para que lo subsane en el plazo de tres meses. Si no se llegara a realizar esta corrección en dicho tiempo, al solicitante se le tendrá por desistido en su petición.

Una vez declarada la nacionalidad por residencia, el interesado debe acudir al Registro Civil de su domicilio en el plazo de 180 días para ratificar la nueva situación. Si esta burocracia te resulta algo complicada, un seguro de defensa jurídica te brinda la asistencia necesaria para realizar todas estas gestiones con la Administración de forma correcta.

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