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La tributación de las propinas en la declaración

Una costumbre bastante típica en nuestro país, que aún no está regulada como sucede en otros lugares del mundo, es dejar una propina al servicio de un bar o un restaurante como agradecimiento del buen trato recibido. Esta cantidad puede oscilar entre unos céntimos hasta llegar a superar los 5 euros en algunos casos. Dado que algunos establecimientos obtienen unos ingresos extra notables de esta forma, se está empezando a hablar sobre la posibilidad de tributación de las propinas.

Se calcula que, de media, un bar puede llegar a recibir alrededor de 1.500 euros mensuales en concepto de gratificaciones, por lo que si se llega a poner en marcha esta medida, dicho dinero deberá tributar bajo el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Con la tributación de las propinas, los establecimientos estarán obligados a retener e ingresar a cuenta de los trabajadores el importe de la parte que corresponde de este extra. Tal como establece la normativa del IRPF, existe obligación “cuando satisfagan a su personal cantidades desembolsadas por terceros en concepto de propina, retribución por el servicio u otros similares”.

Sin incluir las propinas en la declaración de la renta, muchos trabajadores obtienen un complemento a su salario que les permite disfrutar de un mayor nivel adquisitivo, aunque varía según la época del año y la actividad en la restauración. Con este nuevo precepto, lo que hasta este momento se ha considerado como una ayuda, estará sujeta a las mismas retenciones que el resto del sueldo.

Aún se desconocen las medidas que Hacienda pondrá en marcha para materializar este proyecto, aunque es probable que desde las administraciones públicas se adopten mecanismos de control para inspeccionar los establecimientos que cumplen con esta obligación o no.

Es importante destacar que la tributación de las propinas en el IRPF no significa que también se deba aplicar el IVA o el Impuesto de Sociedades. Incluso así, los profesionales de Hacienda apuntan a la dificultad de controlar la inclusión de estas cantidades en efectivo en la declaración, algo que no sucede en el caso de que la propina se deje mediante el pago con tarjeta.

Dado que los profesionales de la hostelería son uno de los colectivos con los sueldos más bajos del mercado laboral, que oscila entre 12.000 y 15.000 euros al año, es recomendable tener en cuenta que en 2018 ha entrado en vigor la norma que exime de presentar la declaración a las rentas inferiores a 14.000 euros. Por ello, se debe calcular exactamente el importe que resulte de sumar el salario anual con las propinas para comprobar si se supera dicho límite o se sitúa por debajo.

Desde el punto de vista del trabajador, las propinas se consideran como rendimientos del trabajo, por lo que se puede considerar normal que se modifiquen las prácticas para que comiencen a estar sujetas al IRPF y el sistema de retenciones, sin establecerse ninguna especialidad por el hecho de considerarse un importe independiente del sueldo.

El sistema de seguridad social de los camareros es igual que cualquier otro trabajador y por esta razón, estos empleados también deben pensar en el futuro cuando llegue el momento de retirarse del mundo laboral. Así, en la medida de las posibilidades de cada persona, es recomendable contar con un plan de pensiones cuanto antes para asegurar una calidad de vida óptima cuando llegue la jubilación.

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