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Ruina total en los seguros de comunidades

En una comunidad de vecinos, las posibilidades de que ocurra un imprevisto en los momentos menos esperados son realmente altas. En un edificio de viviendas, no solo está en juego su estructura, sino también la seguridad de decenas de personas. Por ello, es preciso disponer de un seguro de comunidades de propietarios que ofrezca los servicios más completos ante cualquier problema y que contemple la garantía de ruina total.

Normalmente, esta cobertura se suele incluir como opcional en este tipo de pólizas y según el seguro y la compañía, la cifra asegurada suele variar. No obstante, conviene saber lo importante que es este concepto a la hora de cubrir determinadas situaciones de alto riesgo que pueden terminar destruyendo las viviendas, el edificio, el garaje o los locales comerciales de la planta baja.

La cobertura de ruina total protege frente a los daños por obras realizadas por terceros en los inmuebles o edificios colindantes, así como por los trabajos públicos de construcción que se lleven a cabo en la calle o en el subsuelo.

Además de ofrecer una indemnización dentro de los límites que se establezcan en la póliza, esta garantía también incluye los gastos en concepto de honorarios de la dirección técnica que se encargue de realizar la obra de reconstrucción del bloque afectado.

Fuera de las reformas que emprenda la comunidad de propietarios, las obras en las zonas aledañas pueden provocar desperfectos sobre los elementos estructurales como consecuencia de algún error en la planificación o descuido del equipo que ejecuta. Aunque esta situación no es demasiado común, nada puede asegurar al 100% que no pueda ocurrir.
Si se daña la resistencia y la estabilidad del edificio, es posible que el edificio llegue a derrumbarse o que aparezcan desperfectos cuya subsanación requiere un desembolso importante. En función de la gravedad de los daños materiales causados, la garantía de ruina total se presenta como una solución rápida y realmente eficaz.

Sin embargo, aunque dependerá de las condiciones particulares del seguro, por norma general, para solicitar esta cobertura es necesario que el organismo público correspondiente declare que el edificio se encuentra en estado de ruina total y se obligue a todos los vecinos a desalojar sus viviendas.

Del mismo modo, es bastante habitual que se excluyan de la indemnización por declaración de ruina los daños que se hubieran originado con anterioridad a la contratación de la póliza, aunque se hayan conocido durante la vigencia de la misma. También se excluyen las consecuencias que se produzcan por los movimientos de tierra, como hundimientos o desprendimientos; así como los desperfectos que tengan lugar en los bienes durante el proceso de construcción.

Teniendo en cuenta esta información, lo más recomendable es contratar siempre un seguro de comunidades de propietarios que ofrezca las garantías más completas. Las necesidades en todos los edificios de viviendas son similares, por lo que, para contar con la máxima protección, siempre compensa pagar una prima más alta a cambio de acceder a mayores coberturas.

Es fundamental no confundir la cobertura de ruina total con la garantía decenal. Esta última está regulada en la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación (LOE) y hace referencia a la responsabilidad civil de la empresa constructora del edificio, de tal forma que existe un plazo de 10 años para reclamar posibles defectos estructurales en el inmueble.

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