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La declaración de la renta y la evasión fiscal

Alrededor de un 75% de las declaraciones de la renta de cada año salen a devolver, así que muchos contribuyentes se lanzan con demasiada prisa a verificar el borrador de Hacienda para hacerlo. Sin embargo, es conveniente revisar con detalle el borrador, ya que hasta uno de cada tres puede contener errores, omisiones e imprecisiones que impidan beneficiarse de las deducciones estipuladas por ley. Otros errores, por el contrario, pueden constituir evasión fiscal y acarrear problemas al declarante.

La Agencia Tributaria admite abiertamente que no dispone de todos los datos necesarios para computar las reducciones de cada declaración. Y como no todos se pueden permitir un asesor fiscal que haga las correcciones por ellos, son las familias con menos ingresos las que suelen salir peor perjudicadas con los errores.

Hay que prestar especial atención a los cambios del estado civil, nacimientos y defunciones para que aparezcan fielmente en el borrador. Especial atención merecen los nacimientos, que pueden incrementar el importe a devolver entre 1.200 y 2.400 euros.

Los hijos que hayan realizado trabajos con rentas superiores a 1.800 euros y los hayan declarado no deberían ser incluidos en el borrador. O que el hijo no declare si no está obligado a hacerlo.

A la hora de declarar, hay que elegir la opción más ventajosa para nuestra economía, independientemente de lo que la Agencia Tributaria haya preseleccionado por nosotros. Así, puede ser más interesante declarar de forma individual, en vez de conjunta.

En 2015 se eliminó la deducción estatal por el alquiler de la vivienda habitual, pero solo para aquellos contratos firmados a partir de ese año. De forma similar, la deducción por compra de vivienda solo ha desaparecido para aquellos que la hicieron a partir del año 2013.

Para los rendimientos del trabajo, es recomendable hacer dos tipos de comprobaciones para no incurrir en errores. Primero los ingresos, ya que algunos pueden no aparecer en el borrador, como suele ser frecuente en el caso de los trabajadores del hogar.

Por otra parte, hay gastos que deben estar incluidos por el contribuyente, como cuotas sindicales o gastos en defensa jurídica. Además, habrá que indicar si, estando desempleado, se ha aceptado un trabajo que obligue a cambiar el municipio de residencia.

Si no se declaran ganancias patrimoniales, de productos de inversión o venta de inmuebles, por ejemplo, será la propia Agencia Tributaria quien las liquide, con una sanción correspondiente.

La gestora de nuestro plan de pensiones deberá suministrar nuestros datos a la Agencia para que se incluyan en el borrador, pero siempre habrá que comprobar su corrección. Además, si lo hemos rescatado por cualquier motivo, ya sea en forma de renta o capital, lo tendremos que precisar también.

Con estos consejos estarás a salvo de que te acusen de evasión fiscal. Sin embargo, para temas fiscales y legales, es siempre buena idea contar con un abogado que te asesore. Por suerte, hemos elaborado una guía para elegir un buen abogado que te facilitará la tarea.

Para casos más complejos, un Seguro de Defensa Jurídica puede ser una gran herramienta para tu bienestar. Nuestros expertos juristas estarán encantados de poder ayudarte en todo lo que necesites.

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