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Hacer la declaración de la renta con dos pagadores

En primer lugar, es importante aclarar que el hecho de presentar la declaración de la renta con dos pagadores no significa siempre tener que pagar más a Hacienda. Existen múltiples situaciones por las que un trabajador puede encontrarse en esta situación a lo largo de un mismo año.

La puesta de manifiesto de dos pagadores a Hacienda suele deberse habitualmente por haber efectuado un cambio de trabajo o bien por compaginar un empleo con otros puestos de forma simultánea. También se produce por pasar de una situación de alta al desempleo o viceversa.

Una de las cuestiones que más se repite entre los contribuyentes hace referencia a si están obligados a presentar la renta si tuvieron dos pagadores durante el ejercicio anterior. Aunque existen diferentes circunstancias en las que un trabajador está exento de ajustar cuentas con Hacienda, en este caso existen ciertas limitaciones.

Por norma general, quienes reciben ingresos inferiores a 22.000 euros por parte de una sola empresa no tienen la obligación de hacer la declaración.

Lo mismo aplica en el supuesto de los trabajadores que han tenido dos o más pagadores, siempre que las percepciones no excedan de 14.000 euros y la suma de las cantidades a partir del segundo superen los 1.500 euros.

Por lo tanto, la obligación de presentar la declaración de la renta teniendo dos pagadores es igual que habiendo trabajado únicamente en una empresa. Solo hay que tener en cuenta los límites en los ingresos y las tablas de IRPF que aplican del mismo modo a todos los contribuyentes.

Cuando un trabajador ha tenido dos pagadores en un mismo año, suele ser habitual que el resultado de la declaración de la renta salga a pagar. La explicación se encuentra en que, a menudo, la segunda empresa tiende a aplicar las retenciones sin tener en cuenta los ingresos de los anteriores empleos.

El porcentaje de retención del IRPF a partir del segundo pagador tiene que ser mayor en base a una estimación de las percepciones totales que el empleado va a cobrar durante todo el año. De este modo, a la hora de realizar la renta, no es necesario pagar una cuantía excesiva como consecuencia de haber aplicado unas retenciones menores de las que corresponden.

Por lo tanto, la solución consiste en que el propio empleado solicite a la empresa de forma voluntaria que en su nómina se establezca una retención del IRPF superior.

Así, los impuestos que se deben pagar a Hacienda se reparten a lo largo del año a través de la cuantía que se resta de la nómina. Por otro lado, en el supuesto de que los pagadores hayan retenido de más, la diferencia se devuelve al contribuyente cuando presente la renta.

Como hemos comentado antes, la prestación por desempleo también se considera como un pagador diferente. El SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), que es el organismo encargado de gestionar estas ayudas, tiende a aplicar una retención mínima por defecto. Es recomendable tenerlo en cuenta para evitar sorpresas en la declaración de la renta.

Para eludir este tipo de problemas como consecuencia de los desajustes en las retenciones del IRPF, es aconsejable solicitar asesoramiento especializado. A través de los seguros de defensa jurídica es posible contar con un servicio de atención telefónica para resolver cualquier duda.

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