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Fe de vida: qué es y dónde la consigo

Tal y como establece la Administración del Gobierno, la fe de vida y estado es el certificado que acredita que una persona está viva, así como su estado civil. El Registro Civil, dependiente del Ministerio de Justicia, es el órgano encargado de expedir este documento donde consta la vida de una persona, si está soltero, casado, divorciado, separado o viudo.
Además de la información personal que consta en los registros, estos estados también se pueden acreditar a través de la comparecencia de quien esté interesado o por acta notarial.

El certificado de fe de vida tiene múltiples utilidades, entre las que destacan la confirmación para continuar percibiendo la pensión de la Seguridad Social. Esto significa que los beneficiarios están obligados a remitir cada año, dentro del primer trimestre, la fe de vida y estado a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social para evitar que se suspenda la prestación.

Junto a ello, otros organismos, ya sean públicos o privados, también pueden exigir su presentación, por ejemplo, para contraer matrimonio por la vía civil, acreditar el estado civil para solicitar ayudas económicas, solicitar la nacionalidad española, etc.

La fe de vida y estado puede solicitarlo cualquier persona que lo necesite para algún fin o tenga interés en disponer de este documento. Para ello es necesario acudir a la oficina del Registro Civil del lugar de residencia donde esté inscrito el nacimiento del interesado. Normalmente suele estar ubicada en el juzgado de paz si lo hubiera en el municipio en cuestión que actúa por delegación o en el Juzgado de Primera Instancia de la provincia.

Dada la información tan sensible de esta certificación es preciso realizar la petición de forma personal, presentando el DNI y el libro de familia. En caso de incapacidad de una persona que no pueda desplazarse al registro, se permite realizar a otra persona este trámite en su nombre, siempre que entregue una fotocopia del DNI del usuario interesado, DNI propio y un certificado médico, con una vigencia inferior a 15 días, que justifique la imposibilidad de quien no se encuentra en condiciones para acudir personalmente.

La expedición de este documento es gratis y no es necesario esperar ningún plazo para conseguirlo, ya que se obtiene en el mismo momento de solicitarlo. Hay que tener en cuenta que además de declarar que una persona está viva, si su estado civil es casado, no se acredita el mismo debido a que se refleja en la certificación de matrimonio, siempre que no conste ningún asiento marginal de separación o divorcio.

Según la información del Ministerio de Asuntos Exteriores, la fe de vida puede solicitarla cualquier interesado, ya sea español o extranjero, pero la fe de vida y estado únicamente puede expedirse a los españoles.

Así, quienes se encuentren viviendo fuera de España y necesiten este documento, para realizar la gestión es imprescindible que aparezcan inscritos en el Registro de Matrícula Consular, ya sea como residentes o no residentes.

Posteriormente, se debe pedir cita con el Encargado de la Sección Consular de la Embajada a través de correo electrónico, donde se indique el nombre, apellidos y número de DNI o pasaporte. El trámite a través de este organismo consiste en la comparecencia personal del interesado ante dicha autoridad.

Por último, se debe tener en cuenta que para que un certificado de fe de vida surta efectos en el extranjero, debe ser legalizado previamente, así como traducido al idioma que corresponda junto con su legalización también. Lo más recomendable es informarse en las autoridades del país para saber los requisitos que deben cumplir los documentos.

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