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La muerte por infarto y los seguros de vida

La indemnización por muerte natural es de las coberturas de un seguro de vida más conocidas, si no la principal y más popular. Pero no todas las muertes se producen por las mismas causas y las pólizas de seguro de vida no son todas iguales, sino que tienen en cuenta esta variedad de circunstancias para ofrecer a cada usuario las garantías que prefiera para su caso, necesidades y prioridades.

La muerte por infarto, así como la muerte súbita, no tiene por qué ser una excepción en una póliza de seguro de vida, pero si puede estar sujeta a condiciones concretas o a diferentes cuantías en la indemnización según lo recogido en los condicionados de tu seguro. Si te preocupa que la muerte causada por infarto no esté recogida en tu póliza, es importante revisar tu contrato al detalle y que elijas garantías opcionales que siempre se adapten a tus preferencias.

Con las salvedades propias de cada compañía y de cada póliza, ya que son productos personales y exclusivos, para valorar no solo el tema de la inclusión de la muerte por infarto, sino otras enfermedades o causas de muerte; es importante que tengas en cuenta tanto las garantías generales de un seguro, como las excepcionales u opcionales que pueden ser o no de tu interés.

Existen una serie de pautas generales que te ayudarán para aproximarte a la contratación y comprensión de un seguro de vida, merece la pena que tengas los conceptos claros para no cometer errores o descubrir en los peores momentos que no cuentas con la protección que esperabas de tu seguro de vida.

Excepciones, siempre recogidas por escrito.

Si el seguro de vida que firmas tiene excepciones a sus coberturas generales, tienen que estar recogidas y especificadas de forma concreta y explicita en la póliza. Tomate tu tiempo, estúdiala al completo y pregunta, antes de rubricar, dudas o problemas que encuentres, es el momento de cambiar o rechazar lo que no consideres justo o adecuado. Como norma general, cuenta, por ejemplo, que el caso de suicidio es de las excepciones más comunes junto con los accidentes que le ocurran al titular cuando está bajo los efectos del alcohol o las drogas.

Antecedentes, una obligación para el titular.

Los seguros de vida están muchas veces sujetos para su aprobación final a que el titular pase un chequeo médico, pero además la aseguradora hace al nuevo cliente una entrevista donde el titular no puede ocultar datos ni dejar episodios de su historial médico sin enumerar. En el caso del infarto, si ya has sufrido algún tipo de accidente vascular o incluso otros ataques de corazón, la entidad aseguradora debe conocerlos. Si lo ocultas, te arriesgas a que efectivamente de causarte la muerte un nuevo infarto, la póliza de seguro de vida quede anulada por desconocimiento de este antecedente.

Indemnizaciones.

Un seguro de vida recoge y posibilita un amplio espectro de indemnizaciones que pueden variar mucho, no te dejes llevar por las opiniones o experiencias de otros, y asegúrate que contratas un seguro de vida que responde a tus circunstancias personales y familiares concretas, la valoración de un tema tan personal como la vida no entiende de generalidades, seguro. Las indemnizaciones por muerte por enfermedad suelen ser diferentes que las de causas accidentales, por ejemplo. El infarto se entiende como enfermedad cardiovascular en la mayor parte de los casos.

Conceptos referentes a una póliza de vida.

Lo más común es que el seguro de vida recoja una indemnización básica por muerte o invalidez, y luego una serie de causas o situaciones de muerte que pueden hacer que esta indemnización crezca. Por ejemplo, hay pólizas que incrementan la indemnización – la doblan- si la muerte es como resultado de un accidente –muerte accidental- , otras son aún más específicas y posibilitan una cuantía determinada para la muerte del titular por accidentes de tráfico, por ejemplo. En el caso de ampliaciones de este tipo, merece la pena saber qué entiende la entidad aseguradora por accidente.

Coberturas poco conocidas.

Frente a las indemnizaciones por fallecimiento o invalidez del titular, que son las más conocidas respecto a un seguro de vida, han surgido en los últimos años interesantes servicios y asistencias que sin bien no son esenciales pero pueden ser de gran ayuda tanto para el titular como para sus familiares y/o beneficiarios del seguro. El apoyo psicológico o la posibilidad de hacer testamento virtual. Asimismo, hay seguros de vida que se encargan de proteger al asegurado y facilitarle la tranquilidad económica en situaciones tan adversas como una incapacidad temporal, permanente o una situación de dependencia, por ejemplo.

Con estas similitudes, los seguros de vida son productos que han crecido y evolucionado mucho en los últimos tiempos para dar una respuesta adecuada a tantas personas y/o familias como existen. Las compañías aseguradoras escuchan las necesidades de la población y diseñan seguros de vida donde no solo la muerte por infarto, sino una gran cantidad de situaciones y causas de muerte o invalidez se contemplan y protegen con total seguridad.

Cada tipo de seguro de vida recoge sus propios condicionantes y tipos de causa de muerte que incluye, así como la cuantía de la indemnización correspondiente por cada una de ellas. Es, por tanto, en tu contrato de póliza de seguro de vida donde descubrirás con total garantía, si la muerte por infarto puede ser una excepción en algún caso, aunque lo habitual es que se contemple dentro de las causas de fallecimiento por enfermedad previstas.

Revisa tu seguro de vida en caso de tenerlo y no te conformes con productos limitantes o que te exijan renuncias, busca hasta que encuentres un seguro de vida que cumpla con tus expectativas, la flexibilidad es la principal característica que definen a los seguros de vida de hoy y la muerte por infarto no tiene por qué ser una excepción en un seguro de vida.

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