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Qué hacer en caso de fallecimiento en el extranjero

En 2015, se registraron 175,5 millones de viajes realizados por españoles. De ellos, el 8,6% se realizaron en el extranjero.

A fecha de 1 de enero de 2016, el número de españoles viviendo en el extranjero, ascendía a 2.305.030 personas.

Con estos datos sobre movilidad, solo desde la perspectiva de nuestro país, es totalmente lógico pensar en qué hacer en caso de fallecimiento en el extranjero.

La importancia del seguro de viaje

Antes de realizar un viaje, es buena idea contratar un seguro de viaje que cubra imprevistos tales como los gastos de repatriación en caso de fallecimiento en el extranjero.

Estos gastos pueden ascender a 3.000 euros y el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación no puede costearlo, siguiendo la ley vigente. Solo cuando el fallecido no tenga ningún familiar o allegado que corra con estos gastos, el Estado puede conceder ayudas o sufragar parte de la operación, con el fin de recuperar los restos o las cenizas.

Las coberturas extras del seguro de decesos

Si decides contratar una solución más duradera, que cubra más allá de cualquier viaje, necesitas un seguro de decesos con coberturas extra, que incluya la repatriación en caso de fallecimiento en el extranjero.

Qué hacer en caso de fallecimiento de un familiar en el extranjero

Dependerá de cada país, pero existe un procedimiento que se rige por el Reglamento de la Policía Mortuoria, aprobado por Real Decreto 2263/1974 de 20 de julio.

Según las recomendaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores, debemos:

– Ponernos en contacto con el consulado del país donde reside el cuerpo del fallecido o dirigirnos a la Subdirección General de Protección y Asistencia Consular del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
– Comunicar al consulado nuestra decisión, como responsables del fallecido, sobre la repatriación del cadáver o su incineración.

El traslado de cenizas

Las cenizas resultantes de una incineración deben viajar en un estuche habilitado para ello, con el nombre del fallecido debidamente expresado en el exterior.

Además, deberá viajar acompañado de un certificado de incineración, la declaración de la compañía funeraria donde indica el contenido del estuche y dos certificados de defunción: el realizado en el país de origen del difunto y el correspondiente al país donde ha fallecido.

El traslado de un cuerpo

Debemos empezar presentando formalmente al consulado una solicitud de traslado. Esta deberá incluir datos del fallecido, lugar donde ha fallecido, causa y destino nacional deseado, entre otros.

Otra documentación que debemos aportar estará compuesta por un Certificado Médico que determine las causas de la muerte, un certificado de embalsamamiento, los dos certificados de defunción (del país donde ha tenido lugar el fallecimiento y el español) y, en el caso de que haya sucedido con muerte violenta, un permiso de la Autoridad Judicial.

Aunque sea un tema muy difícil de comentar con amigos o familiares, es una manera de prevenir una situación dolorosa que desgraciadamente puede darse en el futuro.

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