Plan de Protección Familiar
Con el Seguro de Vida Respaldo Familiar, podrás concederles a los tuyos toda la protección que deseas, con la seguridad y el respaldo económico en caso de accidente.
Qué cubren nuestros seguros
Coberturas obligatorias
- Invalidez permanente según baremo
- Garantiza una indemnización en los casos en los que el asegurado sufra la pérdida anatómica o impotencia funcional permanente de miembros u órganos. La cuantía de la indemnización quedará fijada mediante la aplicación de los porcentajes establecidos en el baremo de las condiciones generales, con un límite máximo del cien por cien.
- Incapacidad permanente absoluta
- Incluye una indemnización en los casos en los que el asegurado sufra una situación física irreversible determinante de la total ineptitud para el mantenimiento permanente de cualquier relación laboral o actividad profesional. La cuantía de la indemnización quedará fijada al aplicar sobre el capital inicial una revalorización del IPC acumulado por cada anualidad trascurrida.
- Fallecimiento por accidente
- En caso de fallecimiento del asegurado por accidente se indemniza a los beneficiarios de la póliza con el capital garantizado obtenido de aplicar sobre el capital inicial una revalorización del IPC acumulado por cada anualidad transcurrida.
- Gran invalidez
- Se incluye una indemnización en aquellos casos en los que el asegurado se encuentre ante una situación de incapacidad permanente absoluta que, además, determine la necesidad de asistencia de otras personas para realizar los actos más esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse o comer. Se hará efectivo el pago del capital garantizado obtenido de aplicar sobre el capital inicial una revalorización del IPC acumulado por cada anualidad trascurrida.
Ventajas
Todos los supuestos
Para casos de invalidez, incapacidad permanente o gran incapacidad.
Revalorizado anualmente
Actualizado siempre con el IPC.
Flexibilidad de pago
Tú eliges el día que más te conviene para abonar tus cuotas.
Otros seguros para ti
Seguro de Accidentes Flexiaccidentes Modular
- Disfruta de las ventajas de elegir solo aquellas coberturas que desees.
- Podrás elegir las garantías y capitales que mejor se ajustan a tus necesidades.
- Revisa nuestro amplio catálogo de garantías opcionales.
Seguro de Accidentes Senior +55
- Conoce todos nuestros servicios de asistencia personal a domicilio.
- Acceso a servicios de orientación y atención personal integral.
- Coberturas los 365 días del año las 24 horas.
Preguntas frecuentes
1. ¿Qué se considera accidente laboral?
La legislación actual determina que un accidente de trabajo es toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.
2. ¿Qué es un accidente personal?
Un accidente personal es aquel que sucede de forma repentina, sin poder ser controlado, y que provoca una lesión, incapacidad o muerte en el asegurado.
3. ¿Qué es la incapacidad profesional?
La incapacidad profesional se da cuando el asegurado se encuentra en una situación física irreversible que le impide realizar su actividad profesional.
4. ¿Cuál es la diferencia entre seguro de vida y accidentes?
El seguro de vida cubre el fallecimiento por cualquier causa, como garantía obligatoria, mientras que el seguro de accidentes sólo cubre el fallecimiento en caso de accidente.
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- Productos de ahorro y/o inversión por importe total igual o superior a 150.000€.
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- Productos de ahorro y/o inversión por importe total igual o superior a 300.000€.
*No computan para el cálculo de la prima las primas únicas de decesos ni los productos de ahorro e inversión.
En el caso de primas de salud computa el importe correspondiente a cada asegurado que figure en la póliza.
**No computan a efectos de siniestralidad los servicios de: Asistencia en carretera, Bricolaje en el Hogar, Asistencia Urgente en el Hogar y los siniestros con culpa tercero en Autos.
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