
Asegura tu embarcación de recreo y disfruta sin riesgos
El seguro para embarcaciones de recreo de cualquier tipo: barcos, veleros, yates… Una amplia gama de coberturas entre las que podrás elegir para configurar el seguro náutico que mejor se adapte a ti.
Qué cubren nuestros seguros
Coberturas obligatorias
- Daños materiales a terceros
- Cubre los daños materiales a terceros ocasionados por la embarcación o por los esquiadores que pueda arrastrar la misma, con un límite máximo por siniestro de 96.161,94 euros.
- Subsidio por privacion del permiso de conducir
- Garantiza el pago de costas judiciales y extrajudiciales por la defensa del asegurado y la gestión de siniestros.
- Muerte y lesiones corporales
- Cubre la muerte y lesiones corporales ocasionadas a terceras personas, con un límite por víctima de 120.202,42 euros y un máximo por siniestro de 240.404,84 euros.
- Pérdidas económicas
- Incluye las pérdidas económicas de terceros como consecuencia de daños materiales y personales.
- Daños a buques
- Cubre daños a buques por colisión o sin contacto.
Coberturas opcionales
- Daños materiales
- Incluye daños en el casco, motor, accesorios o velamen a consecuencia de naufragio, varada, embarrancada, abordaje, choque o colisión con objetos fijos o flotantes, temporal, incendio o explosión y robo.
Además incluye los gastos de salvamento, remolque o auxilio a consecuencia de un accidente cubierto, así como los daños sufridos por la embarcación en accidente del vehículo porteador por carretera o ferrocarril.
- Incluye daños en el casco, motor, accesorios o velamen a consecuencia de naufragio, varada, embarrancada, abordaje, choque o colisión con objetos fijos o flotantes, temporal, incendio o explosión y robo.
- Responsabilidad Civil Ampliadas
- Se pueden ampliar los límites establecidos en el R.D. 607/1999 hasta un límite máximo de indemnización de 1.000.000 euros o 1.500.000 euros por siniestro para Daños Materiales y Personales o bien hasta el propio valor de la embarcación (si la misma tiene una suma asegurada de más de 1.500.000 euros), siendo de aplicación un sublímite máximo de indemnización de 600.000 euros por siniestro por daños personales y de 300.000 euros por víctima.
- Remoción de Restos
- Gastos de remoción de restos del buque, siempre y cuando las autoridades competentes obliguen a ello, sin que el origen sea un siniestro cubierto. Límite de responsabilidad: 6.000 euros.
- Cobertura de Remolque
- Gastos de remolque que no sean consecuencia de un accidente cubierto, siempre y cuando sean a consecuencia de inhabilitación de la embarcación para navegar por sus propios medios. Límite de responsabilidad: 6.000 euros.
- Reclamación de daños sufridos por el vehículo
- Se cubren los accidentes personales que produzcan el fallecimiento o la invalidez permanente de los ocupantes de la embarcación con los siguientes límites: Fallecimiento desde 18.000 euros hasta 36.000 euros; invalidez permanente desde 18.000 euros hasta 42.000 euros; asistencia sanitaria hasta 3.000 euros y gastos de sepelio hasta 3.000 euros.
Ventajas
Garantías
Las garantías más beneficiosas para disfrutar de tu embarcación de recreo sin preocupaciones.
Seguros voluntario
La posibilidad de contratar un seguro voluntario para completar los capitales de responsabilidad civil obligatorios.
Cobertura adicional
La cobertura adicional de la embarcación contra daños propios y accidentes de los ocupantes.
Cumplimiento legal
La mejor opción para cumplir con la obligatoriedad de seguro para las embarcaciones de recreo propulsados a motor, las que tengan más de seis metros de eslora y las embarcaciones extrangeras que naveguen por aguas españolas.
Preguntas frecuentes
1. ¿Debo contratar un seguro obligatorio para embarcaciones?
El seguro de responsabilidad civil para embarcaciones es obligatorio para todas las propulsadas a motor y todas las que tengan más de 6 metros de eslora.
2. ¿Está cubierto el remolque del barco o embarcación?
La cobertura de remolque en mar es opcional, pero es muy aconsejable incluirla ya que te permitirá estar protegido en caso de accidente mientras navegas.
3. ¿Puedo asegurar un barco con bandera extranjera en España?
Sí, los barcos con bandera extranjera están obligados a tener seguro bajo los mismos requisitos que los barcos españoles.
4. ¿Existe un seguro de barco a todo riesgo?
Sí, podrás contratar la cobertura de daños materiales que ofrece una protección total del barco (casco, motor, accesorios y velamen) ante diferentes situaciones como incendio, robo o choque, entre muchas otras.
5. ¿Cómo puedo calcular el seguro para un barco?
Conoce el precio de tu seguro de embarcaciones rellenando nuestro formulario. Nos pondremos en contacto contigo y podrás calcular tu precio y resolver todas tus dudas.

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- Productos de ahorro y/o inversión por importe total igual o superior a 300.000€.
*No computan para el cálculo de la prima las primas únicas de decesos ni los productos de ahorro e inversión.
En el caso de primas de salud computa el importe correspondiente a cada asegurado que figure en la póliza.
**No computan a efectos de siniestralidad los servicios de: Asistencia en carretera, Bricolaje en el Hogar, Asistencia Urgente en el Hogar y los siniestros con culpa tercero en Autos.
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