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Normas de tráfico para bicicletas que quizás no conoces

En ciertas ocasiones se suele pensar que para moverse en bicicleta simplemente hay que subirse a ella y empezar a pedalear. Sin embargo, al igual que en el resto de vehículos y dado que la circulación se realiza por las vías públicas, es preciso cumplir con algunas normas de tráfico específicas. No sólo es importante disponer del equipo adecuado para desplazarse con seguridad en bici, sino que también es preceptivo estar informado sobre cuál es la normativa al respecto.

  • En el caso de que no existan carriles bici, la Dirección General de Tráfico (DGT) aconseja circular lo más próximo posible a la derecha de la vía. Si se va en grupo, lo máximo que está permitido es circular en columna de dos ciclistas, aunque cuando hay demasiado tráfico o existen problemas de visibilidad, es preferible hacerlo de uno en uno.
  • Siempre que una bicicleta vaya por un carril bici, un paso para ciclistas o un arcén correctamente señalizado, tendrá prioridad en relación al resto de vehículos de motor. Del mismo modo, el resto de usuarios deben estar pendientes cuando vayan a girar a la derecha o a la izquierda, ya que tienen la obligación de respetar a las bicicletas si se encuentran cerca o cuando circulando en grupo, la primera ya haya iniciado el cruce o haya entrado en una glorieta.
  • Al igual que los coches, las normas de tráfico también exigen a los ciclistas ceder el paso en los pasos de peatones, así como también al girar para entrar en otra vía y haya personas cruzando, aunque no esté señalizada su preferencia.
  • Las bicicletas tienen que respetar la preferencia de paso que se determine tanto por los agentes de la autoridad como por los semáforos o las señales de STOP o ceda el paso.
  • Para evitar posibles riesgos de accidentes, lo más aconsejable es elegir las vías para ciclistas para realizar una ruta o un desplazamiento por una vía interurbana. Dado que esto no siempre es posible, los ciclistas deben ocupar el arcén de la derecha, aunque si no es transitable, deben circular por la parte imprescindible de esta parte de la calzada.
  • La DGT establece que las bicis únicamente pueden abandonar el arcén cuando se trate de descensos prolongados con curva y siempre que las condiciones de seguridad sean favorables.
  • En carretera puede surgir la necesidad de adelantar a otros vehículos, para lo cual es necesario advertirlo antes y dejar una distancia lateral mínima de 1,50 metros.
  • Las normas de tráfico prohíben la circulación de bicicletas por autopistas y autovías, aunque es posible que los ciclistas mayores de 14 años puedan hacerlo por los arcenes de las autovías, siempre que no exista ninguna señal que lo impida por razones de seguridad vial.

La velocidad máxima a la que pueden ir las bicicletas está fijada en 45 km/h. Sin embargo, siempre están obligadas a respetar las señales que indiquen una limitación inferior. Por otro lado, no les aplica la normativa que establece que no se puede circular a una velocidad inferior al 50% del límite marcado.

Las personas que se mueven en bicicleta y que poseen una licencia para conducir otros vehículos, no pierden ningún punto por las infracciones que puedan cometer pedaleando. Esto se explica porque los ciclistas no necesitan ningún carnet de conducir y el que pudieran tener de cualquier tipo es completamente independiente. A pesar de ello, los ciclistas se enfrentan a otro tipo de sanciones según las faltas.

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