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    ¿Los perros de caza están cubiertos dentro del seguro?

    La caza es una de las prácticas relacionadas con la naturaleza que más adeptos tiene en España, con más de 800.000 cazadores, según datos de la Real Federación Española de Caza. Teniendo en cuenta que cada uno de ellos va acompañado de tres o cuatro perros, puede decirse que hay más de dos millones de perros dedicados a la actividad cinegética. En cuanto al gasto que suponen estos animales para sus dueños, las cifras son considerables: más de 400 millones de euros al año.

    La razón de este elevado coste se encuentra, sobre todo, en que la caza es una actividad expuesta a numerosos riesgos. El manejo de armas de fuego, el estado del terreno –muchas veces de difícil acceso- y la mezcla de animales y grupos (grandes de personas que participan en ella puede desembocar, si no se toman las precauciones adecuadas, en peligros de diversa índole para los perros.

    Por ello, la ley obliga a todos los cazadores a tener contratado, al menos, un seguro de Responsabilidad Civil que cubra los daños a terceros en el ejercicio de su actividad. La Ley 1/1970 de Caza y su Reglamento establecen el deber “de todo cazador” de tener contratado un seguro para cubrir su obligación de indemnizar por los daños causados a las personas cuando ejerce la caza. El Real Decreto 63/1994, de 21 de enero, actualiza este deber y aprueba el Reglamento del Seguro de Responsabilidad Civil del Cazador.

    Esta responsabilidad civil protege al asegurado frente a las reclamaciones de daños corporales causados a terceros que ocasione él mismo, pero también los que produzcan sus perros (hasta un máximo de dos). Eso sí, los perros clasificados como potencialmente peligrosos suelen estar excluidos de esta cobertura, por lo que es necesario contratar un seguro específico para ellos.

    En el caso de que sea el propio perro de caza el que sufra un siniestro, además de contar con la Responsabilidad Civil es necesario tener contratada una cobertura específica que, aunque no es obligatoria, sí es altamente recomendable.

    Está claro que el sentido común y la prudencia son los mejores aliados durante la caza, pero la seguridad de los cazadores aumenta si además cuentan con un buen seguro de caza que contemple otras posibilidades.

    Por ejemplo, la cobertura de accidentes del cazador que solo es obligatoria en la Comunidad Autónoma de Murcia), protege al usuario frente a los daños que pueda sufrir durante el ejercicio de su actividad, siempre y cuando no sea responsabilidad de un tercer cazador. También le protege de los contratiempos que pueda sufrir durante su traslado de casa a la zona de caza y viceversa.

    El arma es otro de los factores a tener en cuenta en la contratación del seguro, ya que conllevan un riesgo implícito. Por eso, además de vestir con colores llamativos para ser vistos por otros cazadores, conviene contar con una cobertura extra que incluya una garantía frente a la pérdida, robo o explosión del arma durante los días de caza o como consecuencia de la misma.

    En la caza hay que tomar siempre todas las precauciones posibles, pero también conviene estudiar a fondo qué situaciones cubre nuestro seguro y contratar aquellas que mejor nos convengan. Eso sí, al igual que ocurre con un seguro de coche o de hogar, hay ciertas exclusiones, por lo que nunca se cubrirá al cazador que sufra un siniestro relacionado con su arma habiendo consumido alcohol o drogas, o a aquel que desempeñe su actividad sin la correspondiente licencia o si lo hace en zonas prohibidas.

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