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¿Qué ocurre si tu casero no tiene seguro de hogar?

España siempre ha sido un país de propietarios de viviendas, pero en los últimos años, la tendencia se ha inclinado hacia el alquiler de forma notable. El elevado precio de las adquisiciones, entre otros factores, ha dificultado el acceso a una casa propia y por ello, un porcentaje significativo de la población opta por arrendar en vez de comprar. Incluso de este modo, hay que tener presente que el inmueble constituye el lugar donde se vive y como tal, es interesante pensar en un seguro de hogar para que esté protegido.

En primer lugar, es importante aclarar que no es obligatorio contratar una póliza de este tipo para cubrir la vivienda alquilada, salvo que esté hipotecada, en cuyo caso es preceptivo disponer de la cobertura de incendio. Fuera de este supuesto, el arrendador no tiene el deber de tener suscrito un seguro, aunque para evitar posibles imprevistos es altamente recomendable.

Dado que ninguna vivienda está exenta de sufrir cualquier tipo de daño, en el caso de las que se encuentran arrendadas, la situación es la misma. Cuando se cuenta con una póliza de hogar, el seguro puede correr con los gastos según las coberturas y el límite que se tenga contratado. Sin embargo, cuando no es así, por norma general, el propietario debe asumir por su cuenta los costes de la reparación.

Un seguro de hogar protege tanto el continente como el contenido de la vivienda. El primer concepto hace referencia a la estructura del inmueble, donde se incluyen las paredes, los suelos, los techos, las tuberías, la instalación eléctrica, etc. En última instancia, la casa pertenece al propietario, por lo que, si le preocupa el estado en el que se encuentre, al no disponer de seguro de hogar, se verá obligado a realizar continuos desembolsos cada vez que ocurra un siniestro. Al mismo tiempo, la ley exige a los caseros que mantengan las viviendas en unas condiciones óptimas de habitabilidad y un seguro con las coberturas más completas resulta muy práctico en este sentido para hacer frente a las reparaciones que surgen.

En una casa, las roturas de las tuberías, los cortocircuitos eléctricos, las pequeñas inundaciones o las roturas de cristales están a la orden del día. Para solventar muchos desperfectos, así como para asumir la responsabilidad civil, una póliza evita tener que realizar un gran desembolso en el momento menos esperado.

Lo más común es que el propietario asuma la contratación de un seguro de hogar, pero si se niega a ello, el inquilino puede optar por proteger el inmueble y garantizar su tranquilidad durante la estancia en el mismo.

No hay que olvidar que, en la mayoría de los casos, el arrendador suele hacerse cargo de los gastos de reparación de los daños que surjan en la vivienda, aunque si han sido consecuencia del arrendatario, éste tendrá que asumir el coste. En cualquier caso, se debe tener en cuenta que el propietario nunca puede exigir al inquilino que contrate una seguro de hogar para proteger la casa.

El propietario tendría que ser el primer interesado en que la vivienda esté asegurada aunque si no es el caso, el inquilino puede suscribir una póliza, para que, entre otras coberturas, el contenido con sus bienes esté protegido.

En definitiva, conviene aclarar este aspecto entre ambas partes antes de firmar el contrato de alquiler para determinar sobre quién recae la responsabilidad de subsanar los posibles daños que vayan apareciendo.

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