Contratar un seguro de coche es obligatorio, además de una garantía para poder circular tranquilo sabiendo que cuentas con las coberturas que necesitas para ti y tu vehículo. Pero, hay situaciones en las que el seguro no cubre los daños del vehículo:
Conducir sin carnet
Conducir un coche sin carnet es ilegal, al margen de esto, si el accidente se produce cuando iba al volante una persona que no dispone del permiso de conducir, la aseguradora cubrirá siempre los daños materiales y personales causados a terceros por la cobertura de responsabilidad civil obligatoria. No obstante, una vez indemnizado el perjudicado, la aseguradora tiene la potestad de poder reclamar y repercutir todos sus gastos tanto al conductor del coche sin carnet como al tomador y/o propietario del vehículo.
Daños intencionados al propio vehículo
Los daños que se demuestren que han sido causados de manera intencional por parte del conductor o propietario del vehículo tampoco serán cubiertos por el seguro de coche.
A pesar de que los seguros a todo riesgo sí cubren los daños propios, estos no deben ser intencionados o deben haberse producido por causa de necesidad, por ejemplo, para evitar un accidente mayor.
Daños intencionados ocasionados a un tercero
La aseguradora deberá asumir los daños ocasionados a un tercero y tendrá derecho de repetir los mismos contra el conductor, propietario y o tomador ante la existencia de posible mala fe.
En ningún caso quedarán cubiertos los daños sufridos en el propio vehículo causante.
¿Qué pasa con alcoholemia/drogas o conducción temeraria?
Conducir bajo los efectos del alcohol, drogas u otras sustancias, así como hacerlo de manera temeraria, supone una exclusión clara en los seguros de coche. En estas situaciones, el seguro de MAPFRE no cubrirá los daños del vehículo asegurado ni los sufridos por el conductor.
No obstante, la Responsabilidad Civil Obligatoria sí responde por los daños personales y materiales causados a terceros, tal y como marca la ley. Eso sí, una vez indemnizados los perjudicados, la aseguradora podrá reclamar posteriormente esos importes al conductor, al tomador o al propietario del vehículo.
En caso de siniestro en estas circunstancias, el asegurado deberá aportar documentación que acredite lo ocurrido, como el atestado policial, los resultados de la prueba de alcoholemia o toxicología y, en su caso, las sanciones administrativas. Estos documentos permiten a la compañía determinar la exclusión de cobertura y, llegado el caso, ejercer el derecho de repetición.
Omisión del deber de socorro
La ley establece que los conductores y usuarios de la vía tienen la obligación de socorrer a los heridos en un accidente. En caso de que se opte por no socorrer, la aseguradora no cubrirá los daños causados en el vehículo ni la defensa jurídica.
Superar el peso máximo autorizado
Si el automóvil circula con más peso del que puede transportar y sufre un accidente, y este motivo sea la causa determinante del accidente, la aseguradora no se hará cargo del accidente. Del mismo modo, tampoco lo hará cuando las medidas del objeto transportado superen los máximos permitidos.
Participación en carreras ilegales
Si el accidente o los daños del vehículo se han producido como consecuencia de la participación en carreras ilegales, el seguro no cubrirá ni al conductor, ni al coche afectado en el proceso.
Superar el número máximo de ocupantes
¿Cubre el seguro la circulación por vías no aptas de uso común?
La mayoría de las compañías no incluyen los daños que pueda sufrir el propio vehículo, pero el seguro de coche con todas las coberturas de MAPFRE sí, lo que representa una gran ventaja. Se consideran vías no aptas aquellas que no están señalizadas y que no pertenecen a la red de carreteras del Estado. En España hay muchas vías de este tipo que llevan a viviendas particulares o servicios que deben ser transitados por un vehículo. Por este motivo, MAPFRE sí presta cobertura a los asegurados que además dispondrán de asistencia en carretera para el conductor y vehículo desde el kilómetro 0.
¿Qué pasa si el vehículo sufre un riesgo extraordinario como un terremoto una inundación “atípica”…etc?
Aunque en estos casos, la aseguradora no cubre los daños causados por un desastre natural, el propietario está protegido por el Consorcio de Compensación de Seguros. En estos casos es importante saber que el Consorcio indemnizará en base al seguro que se tenga contratado con cada compañía, por lo que cobra especial relevancia el tipo de indemnización que aplica cada una de estas compañías tanto en caso de pérdida total como posibles depreciaciones por uso en piezas. En MAPFRE disponemos de las indemnizaciones más altas del mercado y no aplicamos depreciaciones por uso.
Además, otros hechos que quedan cubiertos por el Consorcio son:
- Un coche robado que participa en un delito: se harán cargo de los daños causados en el automóvil y terceras personas como consecuencia del robo del vehículo.
- Escapes radioactivos o térmicos.
- Terrorismo.
- Daños personales ocasionados por un vehículo desconocido o que se haya dado a la fuga.





