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Cambiar el código de las gafas en el carnet

En el permiso de conducir siempre se señalan todas las limitaciones físicas o restricciones a la conducción en caso de que las haya, como por ejemplo velocidad máxima limitada, obligación de llevar gafas, si el conductor tiene algún tipo de prótesis, adaptaciones en los vehículos, desplazamientos sin ningún pasajero, limitación de conducción diurna o en autopistas, etc. Pero estos puntos se pueden cambiar en el carnet de conducir si mejoran las circunstancias del usuario siguiendo una serie de pasos.

Cada una de estas indicaciones particulares que afectan a los conductores de manera independiente se reflejan a través de códigos en el dorso del carnet en la sección 12 reservada a “Observaciones”. En muchas ocasiones, las limitaciones o restricciones se establecen en base a los resultados obtenidos en el examen psicotécnico, aunque en otros casos se determinan por una resolución judicial o administrativa, así como por recomendación médica.

Es muy importante que los conductores se sometan siempre a lo que disponen los códigos, ya que, si se incumple, según la normativa de circulación se considera una infracción grave que se castiga con una multa de hasta 300 euros, sin retirada de puntos.

Una de las restricciones que más se repiten dentro de los códigos establecidos por causas médicas hace referencia a conducir con gafas. En el apartado 12 del carnet de conducir, dentro del código 01, es posible encontrar distintos apartados aparte de las gafas. Según cada caso, también se puede fijar la obligación de circular con lentes de contacto o con recubrimiento de un ojo.

Dado que desde hace algunos años es bastante habitual someterse a una operación para corregir los problemas visuales y quitarse las gafas, es recomendable saber cómo hay que proceder para cambiar el código relativo a este aspecto en el carnet de conducir.

Hay que tener en cuenta que este tipo de intervenciones suelen tener efectos secundarios sobre la visión para no poner en riesgo la propia seguridad y la del resto de los usuarios de la vía, más aún si es de noche porque las probabilidades de sufrir un deslumbramiento son realmente altas.

Una vez que ya se haya producido una total recuperación de la vista después de la operación de ojos, para cambiar el código de las gafas en el permiso de conducción es preciso comunicarlo a la Jefatura Provincial de Tráfico, ya que se trata de una modificación en las condiciones psicofísicas del conductor. Para ello, se debe presentar un certificado de revisión de un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado, así como el informe del oftalmólogo que realizó la operación. Estos documentos acreditan que ya no es necesario llevar gafas o lentillas para conducir.

Desde la jefatura de la Dirección General de Tráfico (DGT) se expide un nuevo carnet de conducir sin el código de las gafas. La vigencia del mismo es de un año solamente, aunque en la próxima renovación ya se aplicará la validez habitual en caso de que las circunstancias de visión sean normales.

En definitiva, si un conductor se somete a una operación de los ojos y pasado el periodo de recuperación no realiza los trámites para cambiar el carnet de conducir en lo que respecta al código de corregir o proteger la visión durante la conducción, en caso de ser parado por un agente de la autoridad, este puede imponer la sanción correspondiente. Antes de volver a conducir, es necesario justificar adecuadamente ante Tráfico que ya no se necesita llevar gafas o lentes de contacto.

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