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¿Están aseguradas mis joyas?

Cuando se realiza la valoración del contenido de una casa para suscribir las coberturas de un seguro de hogar se debe tener en cuenta todo. Además de los muebles, los electrodomésticos, los equipos informáticos o la ropa, es importante incluir las joyas cuya pérdida puede causar un grave trastorno.

Aunque la consideración de estos objetos de valor puede variar en función de las condiciones de cada póliza, a grandes rasgos se trata de:

  • Aquellos objetos o adornos de uso personal realizados en oro, plata, platino, perlas o piedras preciosas de origen biológico o mineral, tanto si están engastadas como en caso contrario.
  • Cualquier objeto ornamental o de uso doméstico realizado con alguno de los materiales anteriores.

La respuesta es clara, si no incluyen las joyas u objetos de valor en la póliza, el asegurado no tiene derecho a recibir ninguna indemnización en caso de robo o cualquier otro siniestro.

No obstante, cada aseguradora establece un límite de suma asegurada para cada pieza que suele oscilar entre 1.500 y 12.000 euros por objeto según el tipo de siniestro. En el caso de que las joyas se encuentren fuera de una caja fuerte de seguridad, este importe se reduce hasta aproximadamente la mitad.

Las joyas son objetos de pequeño tamaño muy caros, por lo que su inclusión en el seguro de hogar tiene ciertas particularidades. En la mayoría de compañías es preciso asegurarlas por separado en relación con el resto del contenido de la vivienda. En otros supuestos, es posible cubrir todos los objetos de la casa sin establecer diferenciaciones y sin que la prima se vea incrementada de forma significativa.

En cualquier caso, para asegurar las joyas es preciso indicar de forma expresa a la entidad el valor unitario de cada objeto. La cantidad económica que se declare debe ser lo más parecida posible a su valor real, obviando el valor sentimental que pueda tener.

Una vez que se ha remitido el informe con el detalle de los objetos de valor, la aseguradora los incluye dentro del contenido de la casa y pasan a formar parte del seguro de hogar. Para ello, también es necesario cumplir con algunas condiciones, como por ejemplo, los límites establecidos en póliza para objetos depositados en una caja fuerte.

Puede ocurrir que, tras un siniestro, el asegurado no esté de acuerdo con la indemnización que ofrece la compañía por las joyas aseguradas. Para evitar este tipo de problemas, es recomendable guardar fotografías, facturas e incluso contar con un certificado de autenticidad o una valoración pericial de los objetos para demostrar su valor.

Después de examinar las condiciones particulares de la póliza para comprobar que la compensación no es correcta, se puede seguir alguno de los siguientes pasos:

  • Reclamar a la compañía para que realice otra valoración y ofrezca una nueva solución.
  • Acudir al Defensor del Asegurado para poner una reclamación y obtener una resolución objetiva.

En cualquier caso, cuando no se está conforme con la indemnización del seguro de hogar, es aconsejable no aceptar dicha cantidad. De este modo, es más sencillo solicitar una compensación superior que se ajuste al valor real de las joyas.

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