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¿Son obligatorias las revisiones anuales de salud?

Por desgracia, muchas de las enfermedades que puede padecer el ser humano son silenciosas, es decir, sus síntomas no son evidentes hasta que la situación tiene cierta gravedad. Por ello, acudir al médico para someterse a una revisión anual de salud es sumamente importante a modo de prevención. Del mismo modo, con estas pruebas también se realiza un chequeo para conocer el estado de salud general y valorar aquellas variables que puedan desencadenar alguna anomalía, como por ejemplo la presión arterial, el colesterol, el perfil hepático, el nivel de azúcar, etc.

Aunque a nivel particular los exámenes médicos no son obligatorios, es necesario valorar este hecho como una medida preventiva, sobre todo a partir de determinadas edades, en el caso de que se padezca alguna enfermedad o si se tiene antecedentes que hayan sufrido alguna afección importante.

No hay que olvidar que las revisiones médicas anuales tienen el objetivo de mantener la salud, pero al mismo tiempo también de recuperarla o mejorarla si existe algún problema.

Ya sea con un seguro de salud o a través de la sanidad pública, son muchas las personas que desconocen las pruebas que pueden solicitar en una revisión anual de salud. A grandes rasgos se encuentran las siguientes:
  • Analítica de sangre y de orina.
  • Control de la vista y del oído.
  • Exploración física (altura, peso, tomar el pulso y la tensión, etc.).
  • Revisión ginecológica y mamaria en el caso de las mujeres y exploración prostática en los hombres.
  • Revisión en el dentista.
  • Examen dermatológico en el caso de tener algún trastorno en la piel.

Aunque por ley todos los trabajadores tienen derecho a realizarse un reconocimiento médico anual a cargo de la empresa, únicamente es obligatorio para las personas que trabajan en determinados sectores. En concreto, para quienes realizan una actividad laboral que conlleva un riesgo para la salud del empleado, como por ejemplo el sector de la minería, la química, la construcción o la aviación.

Según los casos, esta obligatoriedad para el trabajador está establecida por ley o en el convenio colectivo debido a la peligrosidad que el tipo de trabajo causa en su salud o si conlleva un peligro real para otras personas. No obstante, la privacidad de los resultados siempre se mantiene, excepto cuando pueden afectar al normal desarrollo de la actividad laboral, en cuyo caso la empresa debe conocerlos y tomar las decisiones pertinentes.

Fuera de estos supuestos, ninguna norma establece que las revisiones anuales de salud sean preceptivas para los trabajadores, por lo que éstos pueden optar por realizarlas o no. Si el empleado renuncia a pasar la revisión médica no es necesario que tenga que justificarlo.

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