Cuando un particular o una empresa acuden a una agencia inmobiliaria para tramitar una compra-venta o un alquiler de una oficina, casa, terreno, etc., deben saber que tendrán que hacer frente a unos gastos en concepto de honorarios por el trabajo realizado por la propia agencia. Este desembolso se suma al precio de la compra o renta, así como a los costes derivados de traspasar o poner en arrendamiento un inmueble.
Normalmente se tiende a pensar que el comprador o el arrendatario son las personas que tienen que sufragar estos costes pero la realidad demuestra que el vendedor o el arrendador también deben abonar un porcentaje de los honorarios.
Es bastante complicado establecer la comisión exacta que corresponde a la agencia inmobiliaria, ya que no suele estar regulada y como hemos comentado depende de varios factores. No obstante, a grandes rasgos, los honorarios de los agentes inmobiliarios se sitúan en torno al 3% del precio final en el caso de que se trate de la venta de una casa o la renta de una o dos mensualidades cuando actúan de intermediarios en el alquiler de un piso.
Cuestiones importantes sobre las comisiones de las agencias inmobiliarias
- Aunque por norma general los honorarios de la agencia inmobiliaria sean el 3% del precio de venta de la vivienda más IVA, este porcentaje puede variar en función de la ubicación y el tipo de casa. Así, es bastante habitual encontrar agencias que fijan un 5 o 6% de comisión en aquellos inmuebles que están situados en la playa, por ejemplo. Además, la retribución también suele ser superior en las ventas de inmuebles de segunda mano.
- También es necesario considerar que en ciertas ocasiones, cuando el precio de la casa es demasiado alto, los honorarios se reducen en cierta manera.
- Al igual que cualquier otro servicio, es posible encontrar importantes diferencias de primas entre agencias inmobiliarias situadas en distintas comunidades autónomas. A esto también se suma el tipo de servicio que ofrecen que puede incrementar o reducir las comisiones.
- Dado que no existe ninguna normativa que regule los honorarios de este tipo de servicio, cada agencia establece unos importes máximos y mínimos en función del caso que gestionen.
- Cuando se trata de la compra-venta de un inmueble, el pago de la comisión se realiza en dos plazos: uno en el momento de la firma del contrato de arras y otro cuando se produce la firma definitiva. En el caso del alquiler de un piso, los honorarios se deben abonar cuando se firma el contrato de arrendamiento, junto con la fianza y la primera mensualidad.
- Una de las cuestiones más controvertidas surge cuando ambas partes deciden finalizar la transacción inmobiliaria sin la intervención de la agencia para no tener que pagar la comisión. Las consecuencias de esta opción pueden derivar en la vía judicial, ya que por norma general las inmobiliarias incluyen una cláusula de exclusividad durante un periodo determinado con el propietario o el arrendador de la vivienda para que éste no pueda realizar la venta o el alquiler de otra manera.
Antes de recurrir a una agencia inmobiliaria para cualquier servicio es recomendable calcular qué cantidad será necesario pagar además de los gastos habituales que supone la gestión de una vivienda. A pesar de tener que hacer frente a las comisiones, las inmobiliarias permiten que los acuerdos se realicen rápidamente y en las mejores condiciones.