Si el suelo de madera de tu casa se ha visto afectado por una inundación, es más que probable que tengas que cambiarlo en su totalidad o al menos, la parte afectada. Afrontar este tipo de eventualidades domésticas puede ser fácil o difícil, dependiendo de si tienes o tu vivienda asegurada. El gasto que supone es el primero de los inconvenientes. EL IVA en reformas otro aspecto a considerar.
Cuanto tienes que reparar tu hogar o arreglar algún daño o desperfecto, si tienes seguro de hogar, lo más adecuado es contactar con el servicio de atención al cliente, indicar lo que ha ocurrido y averiguar cuáles son tus opciones para reparar el daño causado.
Las diferentes pólizas de seguro de hogar ofrecen a sus titulares coberturas para hacer frente, por ejemplo, al daño provocado por una humedad accidental en el salón. Si no precisas de una reparación urgente y tienes este riesgo incluido en tu póliza, el protocolo de actuación más común es que la compañía te mande un perito para valorar el problema y él decida qué profesionales serán necesarios para solucionarlo. Hay compañías que permiten al titular contratar y pagar el arreglo y luego la aseguradora reembolsa el gasto.
Tanto si tú pagas directamente el arreglo o reforma, como si lo hace una entidad aseguradora, en ambos casos, el coste estará grabado por IVA, pero no en la misma proporción. Quién pague y quién contrate al trabajo es importante a la hora de fijar el IVA en reformas.
El IVA no es un impuesto fijo, sino que se trata de un porcentaje variable que se aplica a las facturas que graba. En el caso del IVA en reformas del hogar, dependiendo de quién sea el sujeto de la factura el porcentaje que se incrementa por este impuesto puede ser del 21% o del 10%.
IVA reducido, 10%.
Si tú mismo contratas los servicios de un instalador de tarima –o de un carpintero, fontanero o albañil- para quitar la tarima dañada por el agua y colocar una nueva, tú eres el titular de la factura que te emita el profesional y el responsable de pagarla. En este caso, por lo general, se aplicará un IVA reducido del 10%.
El IVA en reformas reducido del 10% se aplica en las facturas de obras de renovación y reparación de viviendas para uso particular siempre que se cumplan una serie de condiciones.
– La vivienda reformada es de uso particular y el beneficiario de la obra y destinatario de la factura es siempre una persona física. Puedes ser también una comunidad de vecinos o propietarios siempre que los trabajos de rehabilitación o reforma se hayan hecho en el mismo edificio en el que se encuentran las viviendas.
– La vivienda sobre la que se practica la reforma o reparación ha debido de ser construida o rehabilitada por última vez al menos dos años antes de que empiece la reforma a la que se refiere la factura.
– El material utilizado para la reparación no debe aportarlo el trabajador y si lo hace el coste del mismo no puede sobrepasar el 40 por ciento de la base imponible de la intervención.
IVA general, 21%.
Si tu compañía de seguros –u otra entidad- se hace cargo del pago de las facturas por reparar los daños entonces este tipo de trabajos tributarán con un IVA de tipo general, en ese caso, el precio final se aumenta en un 21 por ciento.
El IVA en reformas es de tipo general para las reparaciones de viviendas particulares, actualmente el 21%, siempre que sea una empresa la destinataria de la factura y por lo tanto, la que se hace cargo de abonar la misma.
Los profesionales contratados en una reforma o reparación emitirán facturas con un IVA del 21% siempre que se den los factores legales estipulados.
-La entidad aseguradora se encarga de contratar a los profesionales directamente, sin intermediarios.
-La factura emitida por el profesional o empresa de reparaciones va a nombre de la aseguradora o entidad que se hará cargo del pago. Es la empresa la beneficiaria jurídica del arreglo
Como norma general, por tanto, si tú contratas tus obreros para tus arreglos y los pagas, tendrás que afrontar facturas con un IVA del 10%. Si es tu aseguradora la encargada de localizar a los trabajadores, contratarlos y pagarlos, el IVA ascenderá al 21%. La situación intermedia también puede darse, es posible que tú te encargues de pagar una reparación en tu hogar – con IVA reducido- y luego, tu compañía te reembolse a ti la misma cuantía de la factura, IVA incluido.
Recuerda que cuando tienes que afrontar en tu casa una eventualidad tan penosa y molesta como una inundación accidental, el coste y por tanto, las facturas a las que tienes que hacer frente es una de las preocupaciones principales, pero no es la única. Suma problemas como la incomodidad, el tiempo o las molestias por las propias reparaciones.
Contar con un seguro de hogar completo que se adapte a tus necesidades y a las de tu vivienda evitará que tengas que preocuparte por el IVA en las reformas, pero también que pierdas el tiempo buscando obreros, pidiendo presupuesto y pactando o negociando precios finales para una reparación en tu hogar. Los daños por agua y/o humedad en el hogar, por ejemplo, es una cobertura habitual en los seguros de hogar.
Las facturas que generan los profesionales que te envía tu compañía de seguros para solucionar tus problemas, en este caso, para restablecer tu suelo de madera, no son un problema para ti, con independencia del IVA que incluyan, es tu aseguradora la que se encarga del pago.