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Plusvalía, ¿cómo reclamar la devolución del pago?

Cuando una persona adquiere un piso, un local o un terreno urbano, se produce un aumento del valor del mismo. En esta subida influyen diferentes factores ajenos a su titular y no sólo los relativos a las reformas que se lleven a cabo en el inmueble, por lo que la plusvalía significa una ganancia entre el precio de compra y el posible precio de venta.

Sin embargo, el propietario del bien debe responder ante este beneficio en forma de impuesto. Los tributos que gravan las plusvalías están establecidos por los Ayuntamientos y se materializan cuando el inmueble se transmite a través de cualquier vía, ya sea una venta, una donación o una herencia. Es importante tener en cuenta que las plusvalías tributan en el impuesto sobre la renta de las personas físicas o en el impuesto sobre sociedades, según sea la naturaleza del titular. Además, por norma general, el vendedor es quien debe asumir el pago de esta partida.

La plusvalía municipal se recoge en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales pero aunque se trata de un impuesto legal, en los últimos años ha existido una cierta controversia en torno al mismo. Así, recientemente el Tribunal Constitucional resolvió que este impuesto no debe pagarse cuando la venta del inmueble se realice a pérdidas, ya que siempre era necesario abonarlo, independientemente de que el vendedor hubiera obtenido un beneficio con la transacción o no.

Cualquier persona que haya vendido un inmueble, con pérdidas o ganancias, puede solicitar la devolución del impuesto de la plusvalía. A la hora de reclamar es fundamental que no hayan transcurrido más de 4 años desde que se realizó el pago del impuesto de forma voluntaria o un mes en el caso de que el ayuntamiento requirió la liquidación.

El primer paso para conseguir la devolución es acudir al propio Ayuntamiento y presentar un escrito donde se solicite el reembolso de la plusvalía. Para ello, la documentación que hay que acompañar es copia del DNI, copia de la escritura de adquisición y transmisión, y copia del pago del impuesto.

En el caso de que el ayuntamiento rechace la solicitud, es posible presentar un recurso para que el mismo organismo vuelva a valorar el escrito. También existe la opción de poner una reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo.

En último lugar, si estos pasos previos no dan resultado, el interesado puede recurrir a la vía judicial. Para iniciar este procedimiento es necesario presentar un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia correspondiente. Antes de llegar a este punto, es recomendable calcular qué cantidad corresponde a la devolución, ya que en ciertas ocasiones los gastos que suponen los litigios judiciales no compensan el importe de la reclamación.

Para reclamar la plusvalía municipal en una primera instancia, es posible hacerlo por cuenta propia, aunque en el resto de casos es conveniente contar con un seguro de defensa jurídica que ofrezca la ayuda necesaria para tramitar la reclamación. Además, este tipo de pólizas también ofrecen un servicio de conexión con despachos de abogados para disponer de uno con un descuento sobre la tarifa oficial en el caso de que se acuda a los tribunales.

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