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Permiso para conducir una motocicleta con sidecar

Sin duda, una de las épocas doradas de las motocicletas con sidecar fueron los años 50. A diferencia de otros países, en España este vehículo no es muy común en la actualidad, aunque siempre es interesante saber la modalidad de permiso que se necesita para conducirlo y el seguro de moto con sidecar adecuado. Con bastante frecuencia se tiende a pensar que tan solo es necesario enganchar este complemento a la moto, pero el Reglamento General de Conductores especifica algunos puntos al respecto.

Podría decirse que el sidecar es una forma particular de conducir una moto de tres ruedas, ya que, por norma general, estos anexos están compuestos por una rueda. Además, ofrecen la capacidad suficiente para transportar una persona, e incluso dos en algunos casos, por lo que la motocicleta puede convertirse en un vehículo mucho más flexible que el biplaza convencional.

Según el reglamento, existen 3 tipos de carnet de moto: A1, A2 y A. No obstante, también es posible conducir algunos modelos de motocicletas con el carnet de coche tipo B. Comenzando por el permiso de conducción de la clase A, éste autoriza para conducir cualquier tipo de motocicleta, independientemente de su motorización, a partir de los 20 años. Por ello, es obvio que con este permiso es posible moverse en una motocicleta con sidecar.

Permiso A1 para moto con sidecar

En el caso del permiso A1, la normativa no establece ninguna restricción explícita a la conducción de estos vehículos. Sin embargo, la moto debe cumplir con algunos requisitos específicos y que hacen referencia a una cilindrada máxima de 125 cc, una potencia máxima de 11 kW (15 CV aproximadamente) y una relación entre la potencia y el peso de hasta 0,1 kW/kg. Así, con este tipo de carnet también se puede circular con un sidecar.

Por otro lado, en el reglamento se especifica la prohibición de conducir motocicletas con o sin sidecar con cualquier tipo de permiso, salvo cuando se trata de alguno de los específicos de moto o en el supuesto de que se disponga del carnet B con una antigüedad mínima al volante de 3 años. En este sentido, el conductor puede obtener automáticamente el permiso A1.

Permiso A2 para moto con sidecar

Por último, el permiso de conducción de la clase A2 permite circular con motos cuya potencia máxima sea de 35 kW y tengan una relación entre su potencia y el peso de hasta 0,2 kW/kg. Asimismo, el reglamento especifica que no pueden ser derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia.

Por lo tanto, para conducir una motocicleta con sidecar es necesario contar con alguno de los permisos y seguros propios de moto. Asimismo, en los vehículos de 125 cc también es factible con el carnet de coche si han transcurrido más de 3 años desde que se aprobó. A pesar de que esta última posibilidad ofrece una oportunidad a los conductores para desplazarse en transportes alternativos sin necesidad de superar un nuevo examen, lo cierto es que conducir una moto dista bastante de hacerlo con un coche.

Por ello, antes de poner en marcha la motocicleta, ya sea con o sin sidecar, es recomendable practicar previamente en lugares sin demasiado tráfico para adquirir la pericia necesaria, realizar un curso de perfeccionamiento para no comprometer la seguridad durante los trayectos y contratar un seguro de moto con las coberturas imprescindibles.

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