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Rehabilitación del seguro de decesos

La encuestas confirman que 20 millones de españoles tiene una póliza de decesos contratadas, sin embargo, el sector alerta que con situación económica, son muchos los titulares que están plateándose cancelar o no renovar su seguro de decesos. La rehabilitación del seguro de decesos es una práctica poco común, sobre todo, porque muchos clientes no saben de su existencia. Pero es una alternativa con la que cuenta el cliente para volver a recuperar su póliza de seguros y los beneficios de esta, después de haberla cancelado.

El seguro de decesos ofrece una cobertura finalista, es decir el titular nunca disfruta de sus beneficios y son sus familiares y siempre cuando el titular ha fallecido, los que cuentan con el apoyo, los servicios y la asistencia a la que da derecho el seguro de decesos. Esta puede ser la causa por lo que algunos clientes, ante una situación de dificultades económicas, por ejemplo, se plantean cancelar su póliza.

La buena noticia es que este tipo de productos pueden contar con una característica particular, el denominado derecho de rehabilitación de los seguros de decesos que permite recuperar la póliza que se ha cancelado con anterioridad.

Para saber si el seguro de decesos cancelado, cuenta o no con esta característica es necesario comprobar la póliza y consultar con la entidad aseguradora. Ya que, según la normativa española, las aseguradoras deben indicar en el contrato la existencia, o no, del derecho de rehabilitación de la póliza para que el titular pueda valorar ejercer el mismo. No es, por lo tanto, una cualidad que de forma obligatoria deban tener todas las pólizas de decesos.

Las compañías aseguradoras, por  lo tanto, cuentan con libertad para ofrecer seguros de decesos con derecho de rehabilitación o sin él, por lo que es el titular en el momento de la contratación el que debe informarse e interesarse en caso de que quiera contar con ello.

Las condiciones de la rehabilitación del seguro de decesos varían en función de la compañía y el producto contratado. Por ejemplo, el tiempo en el que será efectivo este derecho, después de la cancelación suele oscilar entre los 3 meses y el año, pero siempre depende de la compañía y de las condiciones particulares del producto de decesos contratado.

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