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Las garantías de los electrodomésticos

Cuando compramos un electrodoméstico siempre nos preocupa la calidad y el tiempo que puede durar sin presentar ningún problema, ya que el coste de este tipo de productos suele ser alto. Para respaldar la compra, por ley se establece un periodo mínimo de garantía que no puede ser inferior a dos años en el caso de que el electrodoméstico sea nuevo, o un año cuando se trate de una adquisición de segunda mano.

Estas garantías generales de los electrodomésticos empiezan a contar desde el momento de la compra y según el tiempo que haya pasado hasta que se aprecie alguna falta, el usuario podrá reclamar tanto al fabricante como al vendedor de diferentes formas:

  • Durante los primeros 6 meses, el consumidor tiene derecho a que se le aplique la garantía sin necesidad de tener que presentar ninguna prueba, ya que se entiende que el defecto es de fabricación.
  • Si ya han transcurrido 6 meses desde que se compró el electrodoméstico, el derecho a beneficiarse de la garantía puede resultar algo más complicado, dado que el servicio técnico tiene que valorar si el desperfecto es de origen o si se ha producido por un uso incorrecto del aparato. En este último caso, la reparación no entra dentro de la garantía y será el usuario quien deba hacer frente a los gastos de reparación.

Además, cuando el electrodoméstico averiado sea reparado pero se vuelva a estropear en el plazo de 3 meses, el vendedor o fabricante está obligado a arreglarlo de nuevo sin pasar ninguna factura al cliente.

Cuando un electrodoméstico está en garantía y se avería, podemos pedir que lo reparen o que lo sustituyan por otro nuevo, todo ello sin ningún coste, ya sea de mano de obra, piezas, gastos de envío o cualquier otro. Hay que tener en cuenta que la opción de reposición del electrodoméstico por otro nuevo no es posible cuando se trata de una compra de segunda mano.
Aunque la decisión de reparar o sustituir el aparato debe tomarla el consumidor, en muchas ocasiones es el vendedor quien establece los términos de la garantía. Si la solución que ofrece el establecimiento no convence al usuario, éste también puede solicitar que se aplique una rebaja en el precio del electrodoméstico o anular el contrato para que se le devuelva el dinero.
En cualquier caso, otro aspecto que hay que tener en cuenta es que el plazo de caducidad de la garantía debe interrumpirse mientras el consumidor está esperando la reparación del electrodoméstico o su sustitución.

La ley que regula la garantía de los electrodomésticos y de los aparatos en general, también contempla que los fallos que sean consecuencia de una incorrecta instalación del producto, cuando haya sido realizada por el vendedor o por el consumidor siguiendo las instrucciones, deben estar cubiertos igual que si se tratara de un defecto de origen.

Sabiendo cuál es la garantía legal de un electrodoméstico, el vendedor o fabricante puede además establecer una garantía comercial que supera los dos años o el año, según el caso, establecidos por ley. En este supuesto, es recomendable leer la letra pequeña para comprobar cuáles son las prestaciones reales y si esta garantía adicional conlleva algún tipo de limitación en la reparación o cambio del aparato.

Conviene no intentar arreglar el electrodoméstico por nuestra cuenta para no perder el derecho a reclamar, así como contar con un seguro de hogar que nos ofrezca un servicio de reparación de electrodomésticos cuando no podemos hacer uso de la garantía.

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