Si eres un aficionado a la pesca deportiva debes conocer todas las normas que aplican en la zona donde vayas a desarrollar la actividad. Así, es preciso saber cuáles son los permisos de pesca necesarios, qué tipos de peces se pueden capturar, cuál debe ser su tamaño mínimo, las zonas donde está prohibido pescar, las técnicas de pesca que están vedadas, así como las sanciones que se establecen por no cumplir con los preceptos establecidos.
Hay que tener en cuenta que dado que cada comunidad autónoma establece su propia legislación de pesca, los requisitos que son válidos en una región probablemente no se correspondan con los de otra zona. Por ello, es fundamental conocer las normas del lugar donde se vaya a practicar la pesca, porque además, este deporte es uno de los más vigilados por las autoridades.
Legislación de pesca según el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
- La licencia de pesca debe ser expedida por cada comunidad autónoma en cuestión. La documentación que se necesita es el DNI si el pescador es mayor de edad o bien el DNI y el de los padres en el caso de que sea menor de 16 años. Además de ser español o ciudadano residente, es preciso no estar inhabilitado por alguna sanción administrativa. Una vez obtenido el permiso de pesca es necesario renovarlo cada año o según el periodo que haya establecido cada comunidad autónoma.
- Las embarcaciones deportivas o de recreo que pertenezcan a las listas oficiales de buques 6ª y 7ª recogidas en la Ley de Fomento y la Marina Mercante necesitan una licencia de pesca de recreo. Según la normativa, se consideran embarcaciones de recreo todas las que tengan eslora de casco entre 2,5 y 24 metros, independientemente de su medio de propulsión, y que estén destinadas para fines recreativos y deportivos, siempre que no transporten a más de 12 personas.
- La licencia de pesca obtenida en una comunidad autónoma sólo autoriza a practicar la actividad en dicha zona, aunque las diferentes regiones pueden establecer mecanismos de colaboración y cooperación para el reconocimiento mutuo de permisos.
- En el caso de capturar especies protegidas, las embarcaciones deben disponer de una autorización concreta remitida por la Dirección General de Ordenación Pesquera de la Secretaría General de Pesca del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, que se deberá llevar a bordo cuando se realice la actividad.
- La legislación de pesca también hace referencia a las especies que se pueden capturar, así como sus tallas mínimas. En el primer supuesto, sólo se pueden pescar los peces y cefalópodos que están recogidos en el Real Decreto 347/2011 y las medidas son las fijadas en el Real Decreto 560/1995. No obstante, la pesca de atún rojo está prohibida cuando el objetivo sea su muerte o por otro lado, se deberán adoptar las medidas necesarias para devolver al mar con vida los atunes capturados. Del mismo modo, el pez espada también contempla una regulación especial.
- Respecto a la pesca deportiva en reservas marinas, está estrictamente regulada y cuenta con un sistema de control específico. De hecho sólo está autorizada en algunas zonas de ciertas reservas y para ello es necesario contar con una licencia administrativa especial.
Además de conocer la legislación de pesca, también es preciso contar con un seguro de pesca para practicar este deporte con plenas garantías de protección. Además, en algunas comunidades autónomas como Andalucía, Cataluña y Murcia es obligatorio disponer de la cobertura de responsabilidad civil.