Un coto de caza es una superficie continua de terreno que está perfectamente señalizada y se puede utilizar para aprovechamiento cinegético. Para ello es preciso que sea declarado como tal por el organismo público competente de la comunidad autónoma donde se encuentre, siempre que lo solicite el propietario o la persona que ostente los derechos sobre la zona.
En función de su titularidad y de los fines a los que se destinen, estos espacios pueden ser privados, intensivos o deportivos. Además, también merecen una especial mención los de titularidad pública, entre los que se encuentran los cotos sociales que son gestionados por la Administración de la comunidad autónoma correspondiente.
Aunque muchas veces pueda dar lugar a error, no se pueden equiparar a los cotos municipales de caza que son promovidos por los ayuntamientos o entidades locales menores en aquellas zonas donde tienen la titularidad de los terrenos cinegéticos. En estos casos, el mismo organismo público puede llevar la gestión o bien cederlo a alguna sociedad local de cazadores.
¿Cómo funcionan los cotos de caza sociales?
Durante los años 80, la caza en este tipo de espacios fue un boom y actualmente solo se encuentran en algunas comunidades autónomas, como en Castilla – La Mancha. Los cotos sociales fueron creados para que todas las personas interesadas pudieran practicar la caza en igualdad de oportunidades y a precios asequibles, atendiendo sobre todo a los cazadores de la región. Estos cotos de caza normalmente están constituidos sobre terrenos que pertenecen a los gobiernos autonómicos u otros que han sido ofrecidos a título oneroso o a través de una contratación para su aprovechamiento.
A través de la entidad pública que se encargue de este tema se hace pública la orden que regula la actividad en los cotos sociales, para lo cual es necesario solicitar un permiso de caza específico. Con el objetivo de conseguir un aprovechamiento cinegético racional del terreno, se suele ofrecer un número limitado de licencias. Mediante un sorteo público, el mayor porcentaje de autorizaciones se conceden a los grupos de cazadores locales y autonómicos, y el resto a los nacionales.
Por norma general, el reglamento de cada coto de caza social establece los días en que se puede practicar la actividad de caza en el mismo, así como el número máximo y mínimo que deben formar las cuadrillas de cazadores. También se especifica la cantidad de ejemplares de cada especie que se puede cazar y la modalidad que, normalmente, suele ser montería, gancho, batida o en mano.
El permiso de caza que se adjudica es intransferible a terceras personas. Únicamente el interesado que lo obtiene puede cazar en el terreno de que se trate, en la fecha y bajo la modalidad que se hayan fijado. En caso de incumplir esta condición, el titular pierde dicha autorización.
Respecto a las tarifas de los cotos de caza sociales pueden variar según se trate de cazadores locales, provenientes de la provincia, de la comunidad autónoma o de otras partes del territorio nacional. No obstante, el precio para los permisos de caza menor se sitúa en torno a 60 euros, las batidas en 75 euros, y las monterías y los ganchos en 125 euros. Dado el reducido coste en comparación con los cotos privados, los cazadores están demandando a las administraciones públicas de muchas regiones la habilitación de estos espacios sociales.